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Baiget Info Notas

Aquí recopilo notas y mensajes varios, especialmente los enviados a listas de distribución sobre biblioteconomía (bibliotecología) y bibliotecas, centros de documentación, tecnologías de la información, etc.

viernes, febrero 20, 2009

Informe anual contra la piratería de la IIPA

Resumen ejecutivo (y más digestivo) de las 2 notas que he enviado hoy a IweTel

La Association of American Publishers (AAP) se ha unido a otras seis asociaciones de derechos de autor profesionales para presentar su informe anual Special 301 Report a la Office of the US Trade Representative (USTR), Oficina del Representante de Comercio de los EUA, bajo los auspicios de la International Intellectual Property Alliance (IIPA).

Ha analizado los problemas de copyright en 48 países, y recomienda que 40 de ellos se pongan en una lista de vigilancia de la USTR.

Se pide de nuevo que se ponga en la lista de vigilancia prioritaria a China, donde existe una gran piratería organizada de libros de texto en los campus universitarios y en Internet. La AAP está "profundamente preocupada por la inacción del gobierno chino de cara a la atroz violación de revistas académicas y profesionales online por parte de una empresa llamada Kangjian Shixun. Conocidas bibliotecas chinas suministran copias electrónicas de las revistas a esta empresa para su venta en competencia con los editores legítimos".

El informe también pide una revisión extraordinaria (ahora en verano) para España, Arabia Saudita y Malasia.

En el caso de España se dice:
http://www.iipa.com/rbc/2009/2009SPEC301SPAIN.pdf
Páginas 301-312

"La piratería en Internet en España sigue empeorando, de tal forma que muchas de las industrias del derecho de autor creen que España tiene el peor problema de la piratería en Internet per cápita en Europa y uno de los peores índices de piratería global de Internet en el mundo".

"Las políticas del Gobierno español exacerban los altos niveles de piratería por: (1) "despenalizar" de intercambio de archivos P2P (como se refleja en la circular 2006 emitida por el Fiscal General) y (2) no establecer los requisitos mínimos de la UE respecto de la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet en virtud de la Directiva sobre Comercio Electrónico para que los titulares de derechos puedan disponer de las herramientas necesarias para hacer valer sus derechos en Internet.

Como resultado de ello, la policía ha dejado de tomar medidas en Internet, dada la inseguridad jurídica, y el Fiscal General ha solicitado el cese de las causas penales contra portales y links ilegales.

Además de la piratería en Internet, todavía se venden objetos pirateados en las calles y siguen existiendo fuertes vínculos con sindicatos del crimen organizado. Las autoridades toman medidas contra la piratería de la calle de bienes materiales pero se necesita más trabajo para atacar a los sindicatos organizados.

Los editores de libros informan de la continua fotocopia ilegal de materiales académicos en y alrededor de los campus universitarios.

El sector de software sigue preocupado por la disponibilidad, el costo y la velocidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir las medidas.

Ciertamente, la situación actual en España es inaceptable, y se necesita un liderazgo activo del gobierno español en todos los frentes –reforma de la legislación, refuerzo de la ejecución y educación pública- para hacer frente a esta situación que perjudica el derecho de autor.

Acciones prioritarias que deben adoptarse en 2009
• Lograr un acuerdo entre los ISPs y los propietarios de los contenidos para prevenir de manera eficaz la distribución de contenidos ilícitos a través de Internet.
• Revocar o rescindir la instrucción oficial (circular) del Fiscal Jefe de mayo de 2006 que "despenaliza" las descargas peer-to-peer (P2P).
• Buscar personal adicional para el Ministerio del Interior para la investigación de la actividad en Internet y asignar más recursos humanos para la investigación en Internet de la Guardia Civil y Policía Nacional.
• De conformidad con la decisión del Tribunal de Justicia Europeo (TJCE) en el caso Promusicae contra Telefónica (2008), adoptar las medidas adecuadas para facilitar la capacidad de los titulares de derechos para que obtengan la información necesaria para emprender acciones civiles para proteger sus derechos en el entorno online (este puede incluir la reforma legislativa).
• Tomar las medidas apropiadas a fin de que la decisión de 2008 de un tribunal de Valencia, que halló dispositivos de elusión de manera que unos actos no fueran ilegales, no provoque resoluciones similares en otros tribunales (si esto puede implicar una legislación que tipifica claramente la elusión).
• Continuar actuando contra los mercados bien conocidos para combatir el problema de la piratería generalizada de calle: (1) más acciones contra los laboratorios y talleres que suministran a los vendedores ambulantes; (2) más acciones policiales de oficio contra la venta de calle, (3) aumento de la coordinación policial; y (4) fiscales persiguiendo y tribunales sentenciando sanciones penales disuasorias.
• Mejorar la cooperación interinstitucional en la lucha contra la piratería en las estrategias y en las acciones, de manera que se puedan iniciar más procesos judiciales y más sentencias disuasorias. Esto también incluye la participación de los gobiernos regionales en la lucha contra la piratería.
• Establecer y financiar seminarios de formación para fiscales y jueces penales y civiles para que aumenten su conocimiento de los derechos de propiedad intelectual y el impacto de la piratería. Los cursos de propiedad intelectual deberían incorporarse en los planes de estudio de las facultades de derecho.
• Desarrollar y poner en marcha una campaña nacional sobre la importancia de los derechos de propiedad intelectual a través del sistema educativo, prensa y otros medios públicos similares. Esto debe llevarse a cabo desde los niveles más altos de gobierno.
• Modificar la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI).
• Modificar la legislación sobre protección de datos a fin de que los titulares de derechos pueden hacerlos valer en Internet, tanto en los procedimientos civiles como los penales;
• Modificar la legislación española de Propiedad Intelectual a fin de dejar claro que la indemnización de los daños, éstos deberán ser valorados, por lo menos, por el pleno valor de venta de los bienes o de las copias infractoras.
• Modificar la legislación procesal civil para (1) evitar bonos para ataques a piratas por infracción de copyright de software (sólo mantener los bonos por ataques a piratas basados en pruebas anónimas) y (2) permitir el anonimato de las pruebas utilizadas para justificar los ataques a piratas.

Traducción rápida de Tomàs Baiget
http://elprofesionaldelainformacion.com/

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